Decreto: 8/10

RECONOCER LA VASTA TRAYECTORIA PROVINCIAL, NACIONAL E INTERNACIONAL EN EL CAMPO ARTíSTICO DEL CANTAUTOR ROBERTO SáNCHEZ “SANDRO”, DESTACANDO SUS APORTES A LA CONSTRUCCIóN DE LA IDENTIDAD CULTURAL NACIONAL.

Promulgación: DEL 5/1/10

Publicación: DEL 8 Y 11/1/10 BO Nº 26281

Ubicación: C31 H208

rovincia de Buenos Aires
DEPARTAMENTO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
DECRETO 8

La Plata, 5 de enero de 2010.

VISTO:

El fallecimiento de Roberto Sánchez, “Sandro”, producido el día 4 de enero pasado, y

CONSIDERANDO:

Que el citado artista, autor e intérprete, oriundo de la Provincia de Buenos Aires ha sido un exponente indiscutido de la música popular argentina durante más de cuatro décadas;

Que durante dicho período ha creado un sinnúmero de obras musicales, logrando un lugar de privilegio indiscutido en el cancionero latino mundial

Que también ha participado en una docena de trabajos actorales.

Que se ha convertido en un Ícono multigeneracional y transclasista no sólo por su talento artístico sino por sus cualidades humanas;

Que su obra es admirada y goza de prestigio más allá de las fronteras nacionales:

Que ha sido distinguido con los más encumbrados galardones nacionales e internacionales:

Que pese a tal éxito internacional, eligió a su Patria para desarrollar su descollante acervo artístico, convirtiéndose en un embajador de la cultura argentina en el mundo;

Que es referencia obligada de varias generaciones de autores, cantantes y poetas;

Que en la adversidad, ha demostrado su integridad y fortaleza espiritual;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 - proemio - de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires:

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

ARTÍCULO 1°. Reconocer la vasta trayectoria provincial, nacional e internacional en el campo artístico del cantautor Roberto Sánchez “Sandro”, destacando sus aportes a la construcción de la identidad cultural nacional

ARTÍCULO 2º. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros

ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

 

Alberto Pérez

Daniel Osvaldo Scioli

Ministro de Jefatura de

Gobernador

Gabinete de Ministros